Estimados Agentes de la Cadena
A continuación, encontraran Circular Conjunta de "obligatorio cumplimiento" dirigida a los agentes de la cadena que se encuentran ubicados o desarrollan actividades en los departamentos de Antioquia, Bolivar, Caquetá, Cauca, Chocó, Córdoba, Guaviare, Nariño, Norte de Santander y Putumayo.
Cordialmente,
Dirección Hidrocarburos MME.
Por la cual se flexibiliza temporalmente el porcentaje de mezcla de biocombustible para uso en motores diésel contemplado en la Resolución 31206 de 2019 a cargo de los refinadores e importadores de combustible fósil
Resuelve: Flexibilizar, transitoriamente, el contenido de biocombustible-biodiésel para uso en motores diésel en la mezcla con diésel fósil establecido en la Resolución 31206 de 2019, que deben entregar los refinadores e importadores que operan desde las facilidades de refinación ubicadas en Cartagena, Barrancabermeja y puertos alternos de importación el cual será entre el 0 y 2%, por galón.
Inicialmente la medida aplicará para los puertos alternos de Telba y Palermo, sin embargo, de requerir la inclusión de otro puerto alterno, se deberá remitir la solicitud al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., para que la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía mediante oficio solicite el ajuste al Sistema de Información de Combustibles – SICOM, en caso de encontrarse procedente la solicitud.
Cordialmente,
Ministerio de Minas y Energía.
Apreciado usuario,
Plazo para la entrega de la documentación de las estaciones de servicio nuevas ABRIL 2025
Así las cosas, las nuevas estaciones de servicio automotrices o fluviales, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, que pretendan ser objeto de la asignación de volúmenes máximos de combustibles del mes de abril de 2025, deberán radicar la totalidad de la documentación requerida para ello, a más tardar el día treinta y uno (31) de marzo de 2025.
Es importante anotar que las estaciones de servicio automotriz o fluvial que presenten documentación posterior a la fecha límite y/o que alleguen de manera incompleta y por ello deban radicar nuevamente dando alcance a comunicaciones previamente presentadas, no serán objeto de la asignación de volúmenes de combustibles con beneficios tributarios, que se realizará el mes de octubre de la presente anualidad.
Cordialmente,
Dirección Hidrocarburos MME.
Marzo 04 de 2025. Según Artículo 2 de la Resolución 40396 de 2021, los "Distribuidores minoristas activos: Distribuidores Minoristas que, a la fecha de cálculo, cuentan con su respectivo código SICOM en estado activo. Es decir, aquel código que no está suspendido, derogado o bloqueado y respecto del cual se registran órdenes de pedido con despacho de combustibles en los últimos 120 días calendario”.
Estimados Agentes
A continuación encontraran el Listado de Grandes Consumidores y aquellos Consumidores Finales que consuman, en promedio anual, más de 20.000 galones mes sujetos del mecanismo de estabilización de precio del que trata el Decreto 0763 del 2024 vigente a partir del 10 de febrero del 2025