De acuerdo con la directriz de la Oficina Asesora Jurídica, impartida mediante memorando No 2016013620 del 29 de febrero de 2016, de expedir conceptos técnicos para soportar los actos administrativos, nos permitimos emitir el siguiente concepto técnico que soporta la viabilidad para la no expedición de las medidas de redistribución de volúmenes asignados.
El artículo 2.2.1.1.2.2.6.19 del Decreto 1073 del 2015 dispuso que el ministerio podrá señalar medidas para la asignación o reasignación de volúmenes máximos con miras a garantizar el abastecimiento de combustibles, generar medidas de control a la distribución y corregir fenómenos derivados de problemas de connotación social en las regiones fronterizas.









