La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, en cumplimiento de lo establecido en la resolución 40305 de 2024, por la cual se establece el instrumento de información para la aplicación del mecanismo diferencial de estabilización de precios de que trata el Decreto número 1068 de 2015 y se establecen otras disposiciones.
Previa revisión conforme a la resolución 40304 de 2024 y Decreto 763 de 2024, que establecen el mecanismo diferencial de estabilización de precios de la Gasolina Motor Corriente (GMC) y Aceite Combustible para Motores (ACPM) para Grandes Consumidores y aquellos Consumidores Finales que consuman en promedio anual más de 20.000 galones mes.
Publicación: El Listado se publicará en el Sistema de Información de Combustibles (Sicom) y en la página web del Ministerio de Minas y Energía dentro de los 10 días hábiles siguientes a las fechas de corte del numeral anterior. La primera publicación se hará en forma concomitante con la publicación de la presente resolución. Además, la información será remitida por la Dirección de Hidrocarburos (a través de SICOM) a los Agentes Refinadores e Importadores, a los Distribuidores Mayoristas, y a los Distribuidores Minoristas en condición de Comercializadores Industriales o Estaciones de Servicio Marítimas, debidamente registrados en el Sicom al momento de la publicación del listado.
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos










