
El Ministerio de Minas y Energía informa a todos los usuarios del Sistema de Guías Digitales de Transporte (SIGDI) que se ha identificado un sitio web no oficial que utiliza elementos visuales similares a los empleados por los portales institucionales del Ministerio de Minas y Energía.
Con el fin de proteger la seguridad de la información y evitar posibles intentos de fraude o suplantación les recordamos que el único portal oficial de SIGDI es:
Recomendaciones a los usuarios de las guías Digitales:
1. Verificar siempre la dirección del sitio web antes de ingresar información o credenciales.
2. Acceder únicamente a los portales oficiales del Ministerio de Minas y Energía y del ecosistema SICOM.
3. No suministrar usuarios, contraseñas ni información sensible en sitios diferentes a los dominios oficiales.
Es importante reportar cualquier sitio sospechoso o comportamiento inusual a través de los canales oficiales.
Agradecemos su colaboración y atención a esta recomendación de seguridad.
Documento Solicitud de Información Comercializadores Industriales
Con el propósito de actualizar la información de todos los Puntos de Entrega autorizados a los Comercializadores Industriales para el suministro de combustibles registrados en la plataforma SICOM, se presenta un formulario web para su diligenciamiento obligatorio por parte de los Comercializadores Industriales.
Enlace de acceso al formulario: https://forms.cloud.microsoft/r/LsvugSP3pN
La información solicitada debe ser entregada de manera oportuna, completa y veraz dentro de los siguientes treinta (30) días calendario a partir del 09 de junio de 2026, so pena de que la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía proceda de oficio con la suspensión temporal del código SICOM del Comercializador industrial. Lo anterior en estricto cumplimiento de la Resolución No. 31100 del 16 de marzo de 2020 del Ministerio de Minas y Energía, conforme al artículo 4, Registro de agentes de la cadena de distribución de combustibles en el SICOM, en su parágrafo 7, el cual establece:
g) En caso de ser requerido, no lograr acreditar la ubicación exacta con respecto a la información remitida en cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 1073 de 2015, o en aquella norma que lo sustituya, modifique o derogue, para cada agente de la cadena.
h) No atender los requisitos de información establecidos en el Decreto 1073 de 2015, o la información solicitada por la Dirección de Hidrocarburos, allegada mediante oficio o correo electrónico al respectivo agente, de manera completa, veraz y oportuna".
Cordialmente
Dirección de Hidrocarburos
¡Próximamente estrenamos nuevo WhatsApp!
Con el propósito de fortalecer nuestros canales de atención y brindarle un mejor servicio, desde el 10 de junio contaremos con una nueva línea de WhatsApp para la atención de consultas y solicitudes.
📱 Nuevo número de contacto: [3232641681]
📅Fecha de entrada en operación: [10 de junio 2026]
Le recomendamos actualizar este número en sus contactos para continuar accediendo a nuestros servicios y canales de atención de manera oportuna.
Cordialmente
Equipo SICOM