
INDUCCIÓN COMO RADICAR SOLICITUDES DE SICOM EN EL DEPARTAMENTO DE NARIÑO.
El Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Hidrocarburos, invita a los agentes y actores que componen la cadena de distribución de combustibles líquidos en Nariño a participar en la sesión de inducción sobre como proyectar las solicitudes asociadas al sistema de información Sicom, esta inducción se realizará el 26 de diciembre, de 2:00 p.m. a 4:00 p.m. la participación de los agentes de la cadena involucrados es fundamental para el éxito del proceso.
Sesión: 26 de diciembre, de 2:00 p.m. a 4:00 p.m.
LINK : Capacitación en como radicar Solicitudes de Sicom | Reunión- Unirse | Microsoft Teams
Cordialmente
Dirección de Hidrocarburos
Cordial Saludo,
Se informa a las EDS (automotrices y fluviales) que prestan sus servicios en los municipios del territorio nacional, que conforme al primer requerimiento comunicado mediante correo electrónico el día 05 de agosto del presente año y teniendo en cuenta que aún faltan Estaciones por actualizar la información solicitada.
La Dirección de Hidrocarburos prorrogó el plazo hasta el domingo 17 de agosto 2025 a las 11:59 p.m., para que registre o actualice las coordenadas geográficas (longitud X y latitud Y) mediante el diligenciamiento del formulario en Microsoft Forms. So pena de que el Ministerio de Minas y Energía proceda de oficio con la suspensión temporal del código SICOM del agente correspondiente en la cadena de distribución de combustibles.
Lo anterior en cumplimiento de la Resolución No. 31100 del 16 de marzo de 2020 del Ministerio de Minas y Energía, conforme al artículo 4, Registro de agentes de la cadena de distribución de combustibles en el SICOM, en su parágrafo 7, el cual establece:
“(…)
g) En caso de ser requerido, no lograr acreditar la ubicación exacta con respecto a la información remitida en cumplimiento de los requisitos exigidos en el Decreto 1073 de 2015, o en aquella norma que lo sustituya, modifique o derogue, para cada agente de la cadena.
h) No atender los requisitos de información establecidos en el Decreto 1073 de 2015, o la información solicitada por la Dirección de Hidrocarburos, allegada mediante oficio o correo electrónico al respectivo agente, de manera completa, veraz y oportuna.”
Para visualizar el formulario ingrese a: https://forms.office.com/r/EYCTK8fuXY
Agradecemos su comprensión
Equipo SICOM

Apreciado Usuario,
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía informa que, a partir de las 06:00 horas del día 6 de agosto de 2025, habilitará el cargue de combustibles desde las plantas ubicadas en el departamento del Valle del Cauca, en Yumbo y Mulaló, para todas las estaciones de servicio ubicadas en el departamento de Nariño, en los municipios de Aldana, Barbacoas, Carlosama, Contadero, Córdoba, Cumbal, El Charco, Francisco Pizarro, Funes, Guachucal, Guaitarilla, Gualmatán, Iles, Imués, Ipiales, La Tola, Magüí, Mallama, Mosquera, Olaya Herrera, Ospina, Potosí, Puerres, Pupiales, Ricaurte, Roberto Payán, Santa Bárbara Iscuandé, Sapuyes, Tumaco y Túquerres.
Lo anterior como medida de contingencia ante las demoras en la implementación del Plan de Abastecimiento definido en la Resolución 01853 de 2024, la cual establece la posibilidad de implementar planes de contingencia de manera temporal.
Agradecemos su comprensión
Equipo SICOM
Apreciados Usuarios
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, a través de los siguientes comunicados se permite informar sobre la agenda de visitas al Departamento de Nariño
Comunicado 2-2025-030794: ¡Descargue aquí!
Comunicado 2-2025-030795: ¡Descargue aquí!
Comunicado 2-2025-030798: ¡Descargue aquí!
Dirección de Hidrocarburos – Ministerio de Minas y Energía
Apreciados Usuarios
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, ante el incremento significativo en los inventarios de Etanol Carburante en las plantas de producción nacional, advierte sobre las implicaciones que derivan del incumplimiento de esta situación.
Para conocer los detalles del comunicado, los invitamos a consultar el siguiente enlace: ¡Descargue aquí!
Estimados Agentes de la Cadena
La Dirección de Hidrocarburos da a conocer, que nos encontramos trabajando en la gestión para el cierre de los trámites solicitados que cursan en nuestra dependencia.
Para conocer detalle por favor ingresar al siguiente enlace ¡AQUÍ!
Para conocer el comunicado oficial y todos los detalles, por favor, consulte la información completa en el siguiente enlace:
¡DESCARGUE AQUÍ! - Circular 40017
Solicitud de información y actualización de las coordenadas geográficas (longitud X y latitud Y) de las Estaciones de Servicio de Combustible (EDS) activas en el territorio nacional, con un enfoque particular en aquellas ubicadas en zonas de frontera. La recolección y actualización de esta información, tiene como finalidad asegurar la calidad del dato, garantizando que sea precisa, relevante y esté actualizada, para facilitar una gestión eficiente y fuente para toma de decisiones.
Agradecemos su atención.
El Gobierno Nacional le pone la lupa a los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos que no cuenten con el Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes.
De los 2.500 agentes de distribución, ubicados en los diez departamentos foco de la estrategia para disminuir la producción de pasta de coca, 855 estaciones de servicio no han presentado el requisito. Ante esto, la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía realizará el bloqueo para el despacho de combustibles.
Pruebas de Hermeticidad - No remisión a la DH
Atento saludo, Agentes de la cadena de distribución de combustibles y ciudadanía en general.
La Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, se permite informar que, todos los requisitos contemplados en la Resolución 40198 de 2021 (reglamento técnico), referentes a la importancia, procedimiento, realización, periodicidad y resultados de las pruebas de Hermeticidad, tanto para tanques como para tuberías, se deben realizar en la oportunidad determinada en la normatividad vigente y mantener a disposición del respectivo Organismo de Inspección.
Sin embargo, se indica que a partir de la fecha NO se requiere la remisión de las pruebas de Hermeticidad a la Dirección de Hidrocarburos, por parte de los agentes de la cadena, tal como se menciona el literal p. del numeral 5.6.2. Pruebas Periódicas (de la Estación de Servicio), de la Resolución 40198 de 2021.
Estimado usuario,
El bloqueo actual se debe a la falta de envío del Certificado de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes (CCITE). A continuación, le proporcionamos información relevante sobre este requisito:
El CCITE es un requisito obligatorio para todos los agentes de la cadena de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo que operan en departamentos priorizados. Esta exigencia se fundamenta en el Decreto 1073 de 2015, la Resolución 0001 de 2015 del Consejo Nacional de Estupefacientes, y demás normativas concordantes.
Según el parágrafo 3 del artículo 12 de la Resolución 0001 de 2015, el CCITE es exigible para quienes desarrollan actividades en los diez (10) departamentos con mayor afectación por cultivos ilícitos. Para el año 2025, conforme a la Circular MJD-CIR24-0000056-GCSQ-30320 del 15 de noviembre de 2024, estos departamentos son:
La Circular 40008 del 4 de abril de 2025 solicitó a los agentes de la cadena remitir el certificado de carencia a la Dirección de Hidrocarburos. Debido al vencimiento de los plazos y al incumplimiento de algunos agentes, la Dirección de Hidrocarburos, en colaboración con el Ministerio de Justicia, ha iniciado un bloqueo temporal para aquellos que no han iniciado el trámite del CCITE ante el Ministerio de Justicia.
Este bloqueo se implementó por una semana a partir del 3 de julio de 2025. Durante este periodo, es indispensable que los agentes acrediten el inicio del trámite ante el Ministerio de Justicia para poder ser desbloqueados.
Adicionalmente, le recordamos que debe cumplir con lo establecido en el Decreto 0585 de 2018, el cual indica que:
Es crucial reiterar que el CCITE debe estar vigente para poder desarrollar actividades de distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear sanciones administrativas y/o el inicio de procesos judiciales, de acuerdo con la normativa vigente.
Estamos trabajando en equipo para realizar los desbloqueos de forma diaria para aquellos agentes que nos remitan la radicación del inicio del proceso o el certificado.
Para facilitar este proceso, hemos adjuntado la circular mencionada y un video instructivo que explica cómo realizar el trámite.
Quedamos atentos a cualquier aclaración adicional que necesite.
Se adjunta link de video instructivo con el cual se podrá realizar el radicado de su certificado en el Ministerio de Justicia. Ver https://www.youtube.com/watch?v=jEJ7a5WTQ-U&ab_channel=MinisteriodeJusticiaydelDerechoColombia
Si ya cuenta con el radicado o el certificado de carencia por favor enviarlo al correo
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