Respetado señor agente de la cadena,
De acuerdo con la directriz de la Oficina Asesora Jurídica, impartida mediante memorando No 2016013620 del 29 de febrero de 2016, de expedir conceptos técnicos para soportar los actos administrativos, nos permitimos emitir el siguiente concepto técnico que soporta la viabilidad para la no expedición de las medidas de redistribución de volúmenes asignados.
Descargar documento Aquí.
Respetado señor agente de la cadena,
De acuerdo con la directriz de la Oficina Asesora Jurídica, impartida mediante memorando No 2016013620 del 29 de febrero de 2016, de expedir conceptos técnicos para soportar los actos administrativos, nos permitimos emitir el siguiente concepto técnico que soporta la viabilidad para la no expedición de las medidas de redistribución de volúmenes asignados.
Descargar documento Aquí.
View items...
Por medio de la presente, el Ministerio de Minas y Energía a través de la Dirección de hidrocarburos, en aras de garantizar el correcto abastecimiento y la continuidad de los volúmenes necesarios para la actividad de generación de energía eléctrica y solo en situaciones que impidan la normalidad de suministro con ocasión a las condiciones meteorológicas del Fenómeno del Niño, permitirá de forma temporal a las centrales de generación de energía eléctrica constituidas como agentes Grandes Consumidores, contar con más de una fuente de suministro para cumplir con sus actividades.
Por medio de la presente, el Ministerio de Minas y Energía a través de la Dirección de hidrocarburos, en aras de garantizar el correcto abastecimiento y la continuidad de los volúmenes necesarios para la actividad de generación de energía eléctrica y solo en situaciones que impidan la normalidad de suministro con ocasión a las condiciones meteorológicas del Fenómeno del Niño, permitirá de forma temporal a las centrales de generación de energía eléctrica constituidas como agentes Grandes Consumidores, contar con más de una fuente de suministro para cumplir con sus actividades.
View items...
Plazo para la entrega de la documentación de las estaciones de servicio nuevas, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, para la asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, a realizarse en el mes de abril de 2024.
Plazo para la entrega de la documentación de las estaciones de servicio nuevas, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, para la asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, a realizarse en el mes de abril de 2024.
View items...Apreciado agente, reciba un cordial saludo.
Nos permitimos informar que en el sistema SICOM se ha implementado una optimización en el proceso de Declaración de Información para los agentes Productores de Alcohol Carburante, la cual incorpora nuevas reglas de validación y mejoras funcionales.
Adjuntamos el material de apoyo que contiene el paso a paso para el uso del proceso y el detalle de las mejoras implementadas. Ver Aquí
En caso de presentar inquietudes o requerir soporte, podrá registrar un requerimiento a través del portal de autogestión SICOM:
https://mesadeservicio.sicom.gov.co/USDKv8/#!/login/
Cordialmente,
Equipo SICOM
Septiembre 06 de 2026. Según Artículo 2 de la Resolución 40396 de 2021, los "Distribuidores minoristas activos: Distribuidores Minoristas que, a la fecha de cálculo, cuentan con su respectivo código SICOM en estado activo. Es decir, aquel código que no está suspendido, derogado o bloqueado y respecto del cual se registran órdenes de pedido con despacho de combustibles en los últimos 120 días calendario”.
Cordial saludo,
Con el fin de mitigar la cantidad de solicitudes y peticiones, se remite comunicación de las EDS que por falta de cumplimiento en los requisitos presentan a corte 23 de JULIO de 2026 BLOQUEO TEMPORAL y los cuales no tendrán combustible el día 01 de AGOSTO de 2026.
La comunicación incluye las EDS por departamento a quienes se les invita a subsanar el motivo que originó su suspensión.
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos
Apreciados Usuarios
A continuación se publica el "MANUAL PARA EL INGRESO, CREACIÓN Y CONSULTA DE CASOS EN EL PORTAL WEB DE AUTOGESTIÓN SICOM".
Cordialmente,
Equipo SICOM
El Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Hidrocarburos, se permite informar a los agentes de la cadena de transporte de hidrocarburos, combustibles líquidos, biocombustibles y sus mezclas que aún no han ingresado al Sistema de Información de Guías Digitales (SIGDI), que el proceso de inscripción, habilitación y certificación en dicha plataforma deberá ejecutarse el 30 de enero de 2027.
A partir del 1 de febrero de 2027, todos los trámites relacionados con la expedición de guías de transporte de combustibles líquidos derivados del petróleo deberán gestionarse exclusivamente a través de la plataforma SIGDI, disponible en el siguiente enlace: https://sigdi.sicom.gov.co/guias/
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos