Respetado señor agente de la cadena,
De acuerdo con la directriz de la Oficina Asesora Jurídica, impartida mediante memorando No 2016013620 del 29 de febrero de 2016, de expedir conceptos técnicos para soportar los actos administrativos, nos permitimos emitir el siguiente concepto técnico que soporta la viabilidad para la no expedición de las medidas de redistribución de volúmenes asignados.
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Respetado señor agente de la cadena,
De acuerdo con la directriz de la Oficina Asesora Jurídica, impartida mediante memorando No 2016013620 del 29 de febrero de 2016, de expedir conceptos técnicos para soportar los actos administrativos, nos permitimos emitir el siguiente concepto técnico que soporta la viabilidad para la no expedición de las medidas de redistribución de volúmenes asignados.
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Por medio de la presente, el Ministerio de Minas y Energía a través de la Dirección de hidrocarburos, en aras de garantizar el correcto abastecimiento y la continuidad de los volúmenes necesarios para la actividad de generación de energía eléctrica y solo en situaciones que impidan la normalidad de suministro con ocasión a las condiciones meteorológicas del Fenómeno del Niño, permitirá de forma temporal a las centrales de generación de energía eléctrica constituidas como agentes Grandes Consumidores, contar con más de una fuente de suministro para cumplir con sus actividades.
Por medio de la presente, el Ministerio de Minas y Energía a través de la Dirección de hidrocarburos, en aras de garantizar el correcto abastecimiento y la continuidad de los volúmenes necesarios para la actividad de generación de energía eléctrica y solo en situaciones que impidan la normalidad de suministro con ocasión a las condiciones meteorológicas del Fenómeno del Niño, permitirá de forma temporal a las centrales de generación de energía eléctrica constituidas como agentes Grandes Consumidores, contar con más de una fuente de suministro para cumplir con sus actividades.
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Plazo para la entrega de la documentación de las estaciones de servicio nuevas, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, para la asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, a realizarse en el mes de abril de 2024.
Plazo para la entrega de la documentación de las estaciones de servicio nuevas, ubicadas en los municipios reconocidos como zonas de frontera, para la asignación de volúmenes máximos de combustibles líquidos excluidos de IVA y exentos de arancel e impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, a realizarse en el mes de abril de 2024.
View items...El Ministerio de Minas y Energía informa a los agentes de la cadena de combustibles de los departamentos de Antioquia, Bolívar, Caquetá, Cauca, Chocó, Córdoba, Guaviare, Nariño, Norte de Santander y Putumayo, que a partir del 26 de mayo de 2026 el proceso de cargue y actualización de los Certificados de Carencia de Informes por Tráfico de Estupefacientes – CCITE deberá realizarse exclusivamente a través de la plataforma SICOM (https://portal.sicom.gov.co).
Esta medida se adopta en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 0585 de 2018, la Resolución 0001 de 2015 y la Circular MJD-CIR24-0000056-GCSQ-30320 del 15 de noviembre de 2024, con el propósito de optimizar los tiempos de respuesta, fortalecer la trazabilidad del proceso y mejorar la gestión de la información de los agentes del sector.
En consecuencia, los radicados enviados al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con posterioridad al 26 de mayo de 2026 no serán revisados ni tramitados, por lo que se solicita a todos los agentes efectuar sus solicitudes únicamente mediante la plataforma SICOM.
Asimismo, se recuerda a los usuarios la importancia de verificar la fecha de vencimiento registrada en el sistema. Aunque la plataforma genera una fecha predeterminada, esta podrá ser ajustada para reflejar la fecha establecida en el respectivo certificado CCITE.
En los casos en que se adjunte un formulario de solicitud de Certificado de Carencia, el agente deberá garantizar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el Decreto 0585 de 2018, de manera que el certificado sea expedido dentro del término máximo de noventa (90) días calendario contados desde la radicación de la solicitud. Esta fecha deberá registrarse como fecha de vencimiento en la plataforma SICOM.
Una vez expedido el CCITE, el agente deberá generar un nuevo caso de actualización en SICOM y realizar el cargue del certificado dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a su expedición.
Para facilitar la correcta implementación de este procedimiento, el Ministerio adjunta el instructivo correspondiente con la guía paso a paso para el cargue y gestión de casos en la plataforma SICOM.
LINK MANUAL ACTUALIZACIÓN CERTIFICADO DE CARENCIA DE INFORMES POR TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos
Apreciados Usuarios
Se adjunta comunicado emitido por la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Minas y Energía, mediante el cual se informa sobre la asignación de cupos con beneficios tributarios para las Estaciones de Servicio ubicadas en Zona de Frontera.
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos
El Ministerio de Minas y Energía, a través de la Dirección de Hidrocarburos, se permite informar a los agentes de la cadena de combustibles líquidos que, con el propósito de dar cumplimiento a la nueva parametrización implementada en la plataforma SICOM y garantizar la correcta gestión de los despachos de hidrocarburos, nos permitimos recordar los siguientes lineamientos:
De acuerdo con la nueva parametrización de SICOM, el cumplido u OPS cuenta con un tiempo de vigencia establecido para su cierre por parte de la Estación de Servicio (EDS).
Este plazo corresponde al tiempo de vigencia de la Guía Única de Transporte (GUT), más veinticuatro (24) horas adicionales, periodo durante el cual la EDS deberá realizar y cargar en la plataforma SICOM el respectivo informe de descargue.
Una vez cumplido este plazo, SICOM rechazará automáticamente la solicitud, sin posibilidad de que esta sea gestionada o reactivada posteriormente. Por lo anterior, es responsabilidad de la EDS realizar oportunamente el cargue de la información y efectuar el cierre correspondiente dentro del tiempo establecido.
En aquellos casos en los que el vehículo presente demoras durante el transporte del hidrocarburo y la Guía Única de Transporte se encuentre próxima a vencer, la empresa minorista deberá comunicarse directamente con la planta mayorista para solicitar la renovación de la guía por ampliación de tiempo, siempre que la demora obedezca a situaciones de fuerza mayor o circunstancias ajenas a la operación, tales como:
Es importante que esta gestión se realice antes del vencimiento de la guía, con el fin de evitar el rechazo automático de la solicitud en la plataforma SICOM.
En caso de que la planta mayorista niegue la solicitud de renovación, la situación deberá ser informada inmediatamente a SICOM, adjuntando los soportes o evidencias correspondientes, cuando aplique, para su conocimiento y gestión.
Agradecemos a todas las partes involucradas dar estricto cumplimiento a estos lineamientos y realizar las gestiones dentro de los tiempos establecidos, con el fin de evitar rechazos automáticos y garantizar la correcta trazabilidad de las operaciones en la plataforma SICOM.
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos
En este sentido, se recuerda lo siguiente:
1. Rigurosidad en el proceso de aprobación de cumplidos
Para efectos de la aprobación de los cumplidos por parte de este Ministerio, las EDS deberán adelantar de manera completa, rigurosa y verificable la totalidad de los pasos, requisitos y validaciones establecidos en los protocolos y procedimientos oficiales.
La omisión, inconsistencia o incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos podrá dar lugar al rechazo del cumplido, de conformidad con los procedimientos aplicables.
2. Verificación de la vigencia de la Tabla de Aforo
Es obligatorio que las EDS verifiquen, previo a la recepción y descarga del combustible, que todo vehículo tipo cisterna (carrotanque) cuente con una Tabla de Aforo vigente, debidamente expedida, actualizada o calibrada, según corresponda, de conformidad con la normativa metrológica aplicable y por los organismos o laboratorios competentes y acreditados para tal efecto.
La EDS deberá garantizar que la información correspondiente a la Tabla de Aforo sea verificable y se encuentre vigente al momento de realizar la operación. El incumplimiento de este requisito podrá generar el rechazo del cumplido correspondiente, de acuerdo con los procedimientos establecidos por el Ministerio.
3. Fortalecimiento de las acciones de seguimiento y control
La Dirección de Hidrocarburos continuará fortaleciendo las acciones de seguimiento, verificación y control sobre las operaciones de distribución de combustibles líquidos en el departamento de Nariño, incluyendo los mecanismos de validación documental y los controles transaccionales disponibles, con el fin de garantizar la trazabilidad de las operaciones y el cumplimiento de los principios de legalidad, transparencia, seguridad y adecuado abastecimiento de la región.
En consecuencia, se solicita a todos los agentes de la cadena adoptar las medidas necesarias para garantizar el cumplimiento integral de los requisitos y procedimientos establecidos, así como realizar las verificaciones correspondientes antes de efectuar las operaciones de recepción y descarga de combustibles.
Agradecemos su atención, compromiso y colaboración con las acciones de seguimiento y control adelantadas por el Ministerio de Minas y Energía, las cuales contribuyen al adecuado funcionamiento de la cadena de distribución y al abastecimiento seguro y transparente de combustibles en el departamento de Nariño.
Cordialmente,
Dirección de Hidrocarburos
Ministerio de Minas y Energía
Apreciado agente, reciba un cordial saludo.
Nos permitimos informar que en el sistema SICOM se ha implementado la funcionalidad Gestión Masiva de Despachos OPAN, diseñada para facilitar el registro de múltiples despachos asociados a órdenes de pedido anticipada nominal (OPAN) mediante el cargue de una plantilla Excel.
Adjuntamos el material de apoyo que contiene el paso a paso para el uso de este proceso y las principales consideraciones para su correcta implementación. Ver Aquí
En caso de presentar inquietudes o requerir soporte, podrá registrar un requerimiento a través del portal de autogestión SICOM:
https://mesadeservicio.sicom.gov.co/USDKv8/#!/login/
Cordialmente,
Equipo SICOM